martes, 15 de noviembre de 2011

La ley de medios: conceptos claves

Retomando el post tiempo atrás en el que vimos quienes eran los 10 personajes o entes jurídicos más importantes para entender la ley de medios, hoy pasamos a los 10 términos que nos abrirán la puerta al mundo de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Diez conceptos claves para interpretar y entender la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.


Tras tantos años de la ley de Radiodifusión de 1980 sancionada bajo el ala de la última dictadura militar, la nueva ley de servicios de comunicación ha generado mucho ruido en la sociedad. Durante todo el proceso de debate, armado, sanción y la actual puesta en marcha de la ley 26.522 en los medios de comunicación han resonado diversos conceptos que se vuelven llaves para dilucidar que es lo que sucede con respecto a este tema. A continuación, los principales conceptos.



1-Medios de comunicación hegemónicos / Corporación Mediática

Ambos funcionan de la misma manera, embistiendo contra los medios de comunicación con mayor presencia en el mercado capaces de generar opinión pública. El concepto se acuña contra el Grupo Clarín, el Grupo América, el Grupo Prisa, el diario La Nación –entre los más importantes- debido a la mala imagen que pretendieron (y pretenden) infundir en el público acerca del gobierno de la nación, empezando por demonizar la nueva ley de medios que ataca directamente contra sus intereses económicos. Se generó una batalla cultural en la que otro grupo de medios (el programa de televisión “6 en el 7 a las 8” [Canal 7] o los diarios Página 12, Tiempo Argentino y el dominical Miradas al Sur) comenzaron a denominar a estos medios de comunicación denunciando su actividad cuasimonopólica.

2- Libertad de expresión

El concepto “libertad de expresión” comenzó a estar en boca y pluma de periodistas de los “medios hegemónicos”. Este grupo encabezado por Luis Majul, Magadalena Ruiz Guiñazu, Joaquín Morales Solá, Marcelo Bonelli, Ernesto Tenembaun, Nelson Castro,  Jorge Lanata, entre otros, opinan que la ley de servicios de comunicación audiovisual atenta contra la libertad de expresión. Dada esta visión, retomaron el concepto y lo pusieron en el tapete de la opinión pública nuevamente.

3- Ley de Medios K

De esta forma ha sido bautizada la ley nº 26.255 por los medios hegemónicos, especialmente por el grupo Clarín que ha hecho mención en el diario Clarín en reiteradas ocasiones, tanto como ha titulado en placas y sócalos en la señal Todo Noticias en la televisión. Como la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual fue iniciativa del poder ejecutivo nacional, desde los medios de prensa antes mencionados, intentó calificar a la ley de esta manera.

4- Ley de la democracia

Así como los medios hegemónicos de comunicación, tanto el gobierno –y los actores de la sociedad que intervinieron- como medios cuya línea editorial apoyaba la nueva ley, calificaron a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual como “ley de la democracia” por desarrollarse en el marco de un gobierno democrático y no como el decreto/ley nº 22.285. La Presidenta de la Nación, recibió de Néstor Busso, titular de la Federación Argentina de Radios comunitarias la presentación de los 21 puntos esenciales para cambiar la antigua ley esgrimidos por la Coalición por una Radiodifusión Democrática. Dicha coalición cobra mayor grado de representatividad y democracia al ser compuesta por organizaciones sindicales de tabajadores y sus centrales obreras, Movimientos sociales, de Derechos Humanos, Partidos y organizaciones políticas, Universidades nacionales, el Movimiento cooperativista, radios y canales comunitarios y pymes, los Pueblos Originarios, las expresiones de la cultura, junto a ciudadanas y ciudadanos en general. A su vez, el texto de la ley se vio fortalecido luego del debate en 23 foros y 80 conferencias a lo largo de todo el territorio argentino.


5- Ley de la dictadura / Ley de Radiodifusión

En sentido opuesto a la “ley de la democracia”, nos encontramos con el decreto/ley 22.285 sancionado y promulgado el 15 de septiembre de 1980 durante la última dictadura militar, de donde proviene la calificación de la ley debido a su orígen. Es denominada así por todos los actores políticos y sociales que llevaron adelante el proceso de sanción de la ley, incluso los medios de comunicación que apoyaban la iniciativa desde sus respectivas líneas editoriales.

6- Periodismo militante

Concepto empleado mayoritariamente por los medios hegemónicos en relación a los medios cuya línea editorial va en la misma dirección que las políticas del gobierno. Se esgrime que realizan férreas defensas de las políticas estatales en lugar de informar objetivamente los sucesos que acontecen verdaderamente. Término relacionado directamente con los intereses económicos que existen por detrás, que tienen que ver con ponerle límite a la concentración de medios de comunicación

7- Medida Cautelar

Recurso que encontraron específicamente los apoderados de los medios de comunicación en forma concentrada para, vía judicial, frenar la aplicación en su totalidad de nueva ley. Las medidas cautelares si bien no implican sentencia definitiva si genera la adopción de medidas judiciales tendentes a hacer efectivo el derecho que se esté reclamando; en el sistema judicial argentino, tienen competencia a nivel nacional pese a sancionarse en una jurisdicción que no sea la propia a la del acontecimiento (ejemplo claro es el Juez Carbone que desde Tribunales en Buenos Aires, dio curso al freno del artículo 30 por parte de un operador de Cable de Morteros, provincia de Córdoba)

8- Monopolio/Oligopolio

Referencia a la concentración de medios, especialmente al Grupo Clarín y la cantidad de canales de televisión y emisoras de radio que posee en su patrimonio. Alegando la poca pluralidad de voces, algunos miembros del Gobierno Nacional como los actores intervinientes (tanto sociales, civiles y culturales) en el proceso de armado, debate y sanción de la nueva ley, comenzaron a referirse al grupo económico de Ernestina Herrera de Noble y su CEO Héctor Magnetto como el “monopolio”.

9- Licencias

Las licencias son los permisos que otorga y otorgará el estado para la explotación de las frecuencias tanto de televisión como de radio. Este concepto se puso sobre la mesa de debate ya que la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual tiene pautado una cierta normativa para la cantidad de medios que pueda poseer un titular, lo que genera en algunos casos incompatibilidades como por ejemplo tener una licencia de televisión abierta y otra por cable en una misma localización, entre otras.

10- Espectro

El espectro radioeléctrico es un medio intangible por medio del cual se prestan servicios de comunicaciones, combinado con medios tangibles como pueden ser cables, fibra óptica, por ejemplo. Compuesto por frecuencias, puede ser utilizado para comunicación inalámbrica, radiodifusión sonora y televisión, internet y telefonía fija. En materia de radiodifusión sonora y televisión, la nueva ley tiene previsto adjudicar las licencias para la explotación de los medios del espectro, proporcionalmente en un 33% para organizaciones sin fines de lucro, estatales y privdas respectivamente.



Martín Ciraolo

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